La Comisión Directiva del CSD ha emitido un informe desfavorable con respecto
a la modificación del artículo 167 del Reglamento de la RFEF, en su apartado 1 donde
se atribuye a los árbitros la condición de deportista profesional. A
consecuencia de este informe negativo, el Consejo Superior de Deportes le ha
negado esta condición al estamento arbitral. De momento el árbitro y árbitro asistente
de Primera y Segunda se le considera como “profesionalizado”.
Luis Rubiales anunciaba en su relección que seguirán luchando para que
los árbitros sean profesionales, y que no afecta a su reciente cambio laboral.
El pasado 1 de septiembre todos los árbitros, asistentes y árbitros
firmaron su primer contrato que les une laboralmente con la RFEF durante una
temporada (Desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del 2021). Además,
este nuevo escenario de regulación de empleo implica que el arbitraje del
fútbol profesional pasa a depender del régimen de la Seguridad Social. Esta
temporada además este contrato les habilita la posibilidad de poder compaginar
su actividad arbitral, pero desde la próxima temporada supondrá una dedicación
exclusiva. En aquellos casos donde se produzca, el árbitro deberá renunciar a
un 10% de los emolumentos que percibe del estamento arbitral.
Fuente:
SPORT
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